SINDICATO UNITARIO DE LA GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA
NOSOTROSCONTACTO 23 Dic, 2024

Los desatinos del nuevo Código de Policía

Siguen críticas a la aplicación del nuevo Código de Policía. Favorece la arbitrariedad, aseguran los críticos.

Por Mauricio Albarracín

El Espectador| En este contexto, el nuevo Código de Policía le da nuevos poderes y no establece controles efectivos para evitar el abuso y la violencia de la Policía. Todo lo contrario, legaliza acciones que son contrarias a los derechos ciudadanos.
Creo que la discusión va más allá de los detalles sobre lo bueno y malo de los 200 artículos de esta ley. Lo más grave son los llamados medios materiales de Policía, es decir, lo que la Policía puede hacer a un ciudadano en la vida cotidiana.
La Policía puede parar en la calle a cualquier ciudadano, pedirle la identificación y requisarlo. La persona deberá decirle quién es, dónde vive y qué hace. Puede hacerlo sin ninguna razón – o mejor con razones tan vagas e imprecisas que pueden ser cualquier cosa –. Lo podrá hacer en todo medio de transporte. No importa que la Constitución diga que “nadie puede ser molestado en su persona” y “que toda persona se presume inocente”. Podrá requisar a las personas para verificar si lleva drogas, con lo cual se deroga el derecho a portar la dosis personal. Tampoco se podrá beber alcohol en el espacio público ni ocuparlo “ilegalmente”; obviamente, tampoco se podrán hacer grafitis.
La policía podrá grabar a cualquier persona sin autorización. Poco importa el derecho al habeas data y a la propia imagen. Los policías podrán entrar a su domicilio sin orden escrita o con orden escrita del alcalde a pesar de la norma que dice que sólo se puede registrar un domicilio con mandamiento de la autoridad judicial. Pero, ¿quién necesita jueces cuando se tienen policías?
La Policía lo podrá detener sin orden judicial y no tendrá derecho a ser presentado ante un juez. A esto lo llaman “traslado por protección”, es decir, lo hacen por nuestra propia seguridad. Cuando “deambule indefenso”, alterado en su “conciencia por aspectos de orden mental”, cuando esté bajo los efectos del alcohol o las drogas, cuando tenga comportamientos “agresivos o temerarios”, realice “actividades peligrosas o de riesgo” y cuando tenga una discusión con un policía. De hecho el legislador fue hasta sarcástico: “En ningún caso se harán traslados a sitios destinados a la privación de libertad y la duración del mismo no podrá ser mayor a doce (12) horas”. También podrán trasladarlo hasta por 6 horas para aplicar una sanción de Policía; y si es habitante de calle, lo trasladarán inmediatamente para su protección integral. Tal vez lo dejen llamar, pero la Policía no lo llevará ante un juez; y si tiene suerte, le darán un reporte escrito de la arbitrariedad con copia a un burócrata sin poder para liberarlo.
Obviamente, la Policía podrá usar la fuerza y ella misma ejercerá el control. Podrá usarla en las manifestaciones y en todos los casos que ellos crean que deben usarla. El ESMAD queda autorizado sin ningún control, como si nunca hubiera cometido abusos. No se dice nada sobre el uso de armas letales y no letales, con lo que deduce que quedan todas autorizadas sin reglas ni controles. Solamente se deberá informar por escrito al Ministerio Público que se usó la fuerza en caso de “daños colaterales”. En todos los demás casos, usará la fuerza solamente siguiendo el buen juicio porque el Código no establece prohibiciones expresas, solamente unas palabras amplias y bonitas que se interpretarán a discreción.
Todas las órdenes de la Policía serán de obligatorio cumplimiento y el ciudadano no podrá hacer ningún tipo de resistencia. Todo esto en nombre de “la bondad”, “la lealtad” y la “prudencia”, como lo indica el Código en los valores que promueve.
El lenguaje del código es revelador. Las normas sobre las conductas ciudadanas son claras, específicas y regulan todos los aspectos de un comportamiento. Cuando hablan sobre la Policía son ambiguas, imprecisas y llenas de autorizaciones. Dijo algún representante a la cámara: esto no es un código disciplinario de la Policía. Tiene razón, este es un código disciplinario contra la ciudadanía, donde las multas (o en su defecto la extorsión) serán pan de cada día y el desorden será castigado con una pequeña dosis de prisión “por protección”.
* Investigador de Dejusticia. malbarracin@dejusticia.org Twitter @malbarracin

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